InstitucionalesNoticiasErradiquemos juntos la falsificación

junio 9, 2021

Desde el año 1988, cada 8 de junio, se celebra el Día Mundial contra la Falsificación y la Piratería, con el fin de concientizar las lesiones que ocasionan estos delitos en el comercio, la salud y la seguridad, desalentando los procesos de investigación, desarrollo e innovación, así como la creatividad propia del intelecto humano en general.

El delito de falsificación abarca desde la atribución falsa de la identidad de una persona física o jurídica, el solo uso de la marca, hasta la fabricación y distribución de productos adulterados, no autorizados por el titular de los derechos. Mientras que el término piratería, de un significado similar, se emplea para referirse a la apropiación, reproducción y distribución de obras artísticas, científicas y literarias protegidas por Derecho de Autor, de igual modo, sin autorización de su titular.

Sorprendente conocer que se tiene indicios de productos falsificados que datan del año 200 antes de Cristo respecto de unos tapones para sellar ánforas de vino que llevaban marca de origen comercial falsas para atribuirse ilegítimamente la reputación alcanzada por su titular real.[1] En la actualidad, 2000 años después, con el avance mismo de la industria y la apertura de fronteras con la globalización, los mecanismos de falsificación a nivel mundial se han sofisticado, y la economía digital ha propiciado el espacio para facilitar la distribución a gran escala de productos falsificados y obras pirateadas dificultando, además, la trazabilidad de la infracción con su infractor.

En lo que respecta a nuestro país, la República Dominicana se encuentra en la Lista de Vigilancia no prioritaria para los Estados Unidos, conforme el Reporte Especial No. 301 emitido a inicios de año por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), siendo relevante por ser nuestro más relevante socio comercial. Hemos sido incluidos entre los 5 países de mayor falsificación farmacéutica, y entre los 15 países destacados por la piratería en línea y falta de aplicación efectiva. Este reporte resalta de forma positiva la aplicación de las leyes aduaneras y la fiscalización contra la falsificación de mercancías en materia de salud. No obstante, aduce «falta de voluntad política para abordar problemas de Propiedad Intelectual de larga data, en particular contra la piratería de señales, incluida la continua despriorización de los enjuiciamientos e investigaciones de propiedad Intelectual.«[2] En adición, los más recientes casos de comercialización de alcohol adulterado y sus consecuencias mortales podría agravar nuestra posición en el reporte, en el cual de por sí nos incita a tomar medidas sustanciales durante el año 2021.

Puede que la erradicación total de la falsificación sea una quimera, pero ciertamente, se requiere de un plan a corto, mediano y largo plazo que incluya a todos los actores que intervienen, que podría minimizar de forma considerable sus efectos. A corto plazo sugeriríamos priorizar la concientización del consumidor mismo, que muchas veces se ve sorprendido como víctima, y en muchas otras puede fungir como un propiciador con pleno conocimiento e interés sobre el producto falsificado. Que el consumidor conozca de primera mano las implicaciones que conlleva su compra, intencional o no, a la normal explotación de las producciones intelectuales en el comercio, cuyos autores y titulares ven mermados su derecho moral del reconocimiento mismo de su creación, así como sus derechos patrimoniales por su trabajo, esfuerzo e inversión en tiempo y recursos, beneficiándose personas de manera ilegal por el trabajo ajeno. Que se trata de un hurto como quien roba cualquier propiedad material o tangible. Que peor aún, su salud e integridad física se ven amenazadas por estas prácticas.

En la misma medida, concientizar a las autoridades especializadas para que no minimicen las consecuencias de los delitos perseguidos, no solo respecto al derecho particular de unos cuantos, como tal vez sea visto, sino incluso al derecho colectivo, del cual también les atañe como ciudadanos y consumidores, de la sana competencia, la salud e incluso a la paz, siendo considerados la falsificación, piratería, contrabando y todo delito contra la propiedad intelectual como infracción precedente o determinante, dígase, que «genera bienes o activos susceptibles de lavado de activos» y por ende apoye además al financiamiento al terrorismo.

En un plan a mediano y largo plazo, podría incluir la adquisición de tecnología de punta que permita identificar con mayor facilidad al infractor, la colaboración con autoridades internacionales, el fortalecimiento de procesos e institucionalización para la aplicación de medidas en frontera y paralización del comercio clandestino, la transformación del sistema de salud orientado a la vigilancia sanitaria en lugar del registro sanitario previo, entre otros.

Por Magdalena Almonte
Socia y directora ejecutiva. Encargada de la División de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías.

[1] El Museo de Falsificación de París – El Revés de la trama. Revista de la OMPI, Febrero 2009, [En línea] Disponible en: https://www.wipo.int/wipo_magazine/es/2009/01/article_0009.html

[2] Office of the United States Trade Representative, 2021 Special 301 Report, Pág. 68 Consultado el 3 de junio 2021. [En línea] Disponible en: https://ustr.gov/sites/default/files/files/reports/2021/2021%20Special%20301%20Report%20(final).pdf

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